
El exministro de Transportes José Luis Ábalos afronta, ahora sí, la hora de la verdad. No tanto porque esté llamado a declarar el jueves ante el Tribunal Supremo, cosa que ya hizo el pasado 12 de diciembre, sino porque esta vez lo hará en calidad de imputado. Tras la concesión del suplicatorio por parte del Congreso de los Diputados, el juez podrá interrogar a Ábalos como investigado. Pero además, el instructor Leopoldo Puente tendrá la posibilidad de ordenar el volcado del teléfono de Ábalos e incluso acordar medidas cautelares, que pueden ir desde el improbable ingreso en prisión hasta la comparecencia periódica en el juzgado y la retirada de su pasaporte.
¿Qué ha cambiado, pues, desde la última declaración del exministro? Aquel 12 de diciembre, Ábalos negó ante el instructor Leopoldo Puente la implicación en la trama corrupta de compraventa de mascarillas. Aseguró, en contra de lo que afirman los informes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y de las declaraciones del comisionista Víctor de Aldama, que no recibió ninguna comisión de la trama y que no estuvo implicado en la corruptela.
La responsabilidad que pesa sobre sus hombros —la propia Guardia Civil le atribuye un «papel principal» en la trama— la descargó sobre su exasesor, Koldo García. Fuentes presentes en la causa no dudan de que ambos han negociado una estrategia conjunta de defensa ante su imputación.
Pues bien, lo que cambia ahora es, esencialmente, que la solidez de su testimonio ante el Supremo deberá resistir el peso de las pruebas que pueda recabar el instructor. Sin la inmunidad que le proporcionaba el aforamiento, alzada por el Congreso el pasado 22 de enero, Ábalos está formalmente imputado por cuatro delitos: pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias, cohecho y malversación de caudales públicos.
El magistrado Leopoldo Puente ya ha dado los primeros pasos de cara a confirmar las sospechas que se ciernen sobre el exsecretario de organización del PSOE. El pasado 4 de febrero, el instructor ordenó a la UCO que le traslade «a la mayor brevedad posible» un informe sobre la «situación económico patrimonial» de Ábalos y también la de su hijo, Víctor. El escrito, además de contener información sobre las cuentas bancarias, deberá aunar un registro de sus bienes inmuebles o vehículos y «su eventual participación en entidades mercantiles».
El auto del 4 de febrero auguró un paso de gigante en la instrucción que dirige el juez del Tribunal Supremo. No solo por lo relativo a la información bancaria de Ábalos, también por las múltiples citaciones que acordó, de una tacada, para las siguientes semanas. En la próxima, tendrán que acudir al Supremo Koldo García —para hacer una prueba caligráfica que confirme la veracidad de algunos documentos presentados por Aldama— y también Ábalos. El exasesor está citado el próximo martes y su antiguo jefe, el jueves. Así lo establece el juez en su escrito, en el que cita a Ábalos «al efecto de ponderar la adopción de medidas cautelares de naturaleza personal respecto a él».
Entre los días 25 y 27 de febrero, el juez Leopoldo Puente tomará declaración a una larga lista de testigos. Entre ellos habrá varios responsables del Ministerio de Transportes e instituciones dependientes del mismo, como Adif. También declararán la empresaria Carmen Pano, que asegura haber entregado una comisión de 90.000 euros en metálico en Ferraz, y su hija. Y, además, la exnovia de Ábalos, Jessica Rodríguez, y el socio de Aldama, Claudio Rivas.
El auto del magistrado Leopoldo Puente contenía también un segundo encargo para la UCO: otro informe sobre las comunicaciones telefónicas de los investigados Ábalos, Koldo García y Víctor de Aldama. El escrito pide a la Guardia Civil que haga «especial referencia» a los mensajes de Aldama con Ábalos, con su hijo, con el ministro Ángel Víctor Torres y con el secretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán, así como «con cualquier otra persona aforada ante este Tribunal Supremo».
Las medidas cautelares
Más allá de las nuevas diligencias, una de las claves de la declaración de Ábalos está en las medidas cautelares que pueda acordar el juez una vez culmine el interrogatorio. Fuentes jurídicas ven altamente improbable que Leopoldo Puente acuerde la prisión provisional para Ábalos, si bien se podrían tomar otro tipo de precauciones dado que «existen indicios de cierta entidad» contra el exministro de Transportes.
Son comunes medidas como la retirada del pasaporte para evitar la salida del país o la obligación de comparecer ante un juzgado periódicamente.La ley de enjuiciamiento establece en su artículo 503 que la prisión provisional solo puede decretarse en caso de que haya indicios suficientes contra el investigado, siempre que «pueda inferirse racionalmente un riesgo de fuga» o de «alteración o destrucción de las fuentes de prueba«. Si bien existen indicios de criminalidad que apuntan a Ábalos, fuentes jurídicas ven más complicado que el magistrado Leopoldo Puente aprecie la existencia del resto de condiciones que justificaran la prisión provisional.